La nueva normativa elimina la presentación de certificados de uso territorial y aptitud ambiental, pero mantiene las exigencias sanitarias para los establecimientos.
El Senasa eliminó la obligación de presentar certificados de uso territorial y de aptitud ambiental para inscribir establecimientos en el Registro Nacional de Establecimientos Pecuarios de Engorde a Corral. La medida fue oficializada mediante la Disposición DNSA N.° 26/2026, publicada en el Boletín Oficial.
La normativa modifica la Resolución N.° 329-E/2017 y apunta a unificar los criterios del registro sanitario nacional, evitando la duplicación de documentación frente a los distintos regímenes provinciales y municipales.
Las habilitaciones relacionadas con la radicación, el uso del suelo, la aptitud ambiental y las condiciones generales de funcionamiento corresponden a las autoridades provinciales o municipales. Por eso, el Senasa consideró que exigir esos certificados para completar un trámite sanitario nacional excedía sus competencias específicas.
A partir de la modificación, también dejó de ser obligatorio presentar la declaración jurada sobre la inexistencia de normativa municipal o provincial referida al uso del suelo y al medio ambiente, ya que ese requisito estaba vinculado con la documentación que ahora fue eliminada.
La medida no incorpora nuevos trámites ni registros y tampoco modifica los demás requisitos sanitarios y documentales establecidos por el Senasa.
Entre las exigencias que continúan vigentes se encuentran la inscripción en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa), la identificación del establecimiento y sus responsables, la verificación de las condiciones técnicas y de infraestructura y la visita de constatación.
También se mantienen las obligaciones vinculadas con el registro de movimientos, tratamientos, alimentación y bioseguridad.
El Senasa aclaró que el registro y la habilitación sanitaria no reemplazan las autorizaciones, permisos o habilitaciones que correspondan a nivel nacional, provincial o municipal para la radicación, el uso del suelo, la protección ambiental y el funcionamiento de los establecimientos.



