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Simplifican requisitos para establecimientos de origen animal

Una resolución del Senasa eliminó la obligación de contar con un director técnico, aunque se mantienen los controles sanitarios oficiales.

El Gobierno nacional eliminó la obligación de que los establecimientos que elaboran productos, subproductos y derivados de origen animal cuenten con un director técnico. La medida fue oficializada mediante la Resolución 592/2026 del Senasa y forma parte del proceso de simplificación normativa impulsado por el organismo.

La resolución deroga dos artículos del Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal, vigente desde 1968, al considerar que esa exigencia quedó desactualizada frente a la evolución de los sistemas de control sanitario y los avances tecnológicos incorporados por la industria.

Según explicó el Senasa, la inocuidad de los alimentos ya no depende de la figura obligatoria del director técnico, sino de un esquema integrado por la habilitación de los establecimientos, la fiscalización oficial permanente, los sistemas de autocontrol implementados por las empresas y la responsabilidad legal que recae sobre los operadores de la cadena.

En ese sentido, el organismo señaló que la Ley 27.233 establece que la responsabilidad primaria sobre la sanidad, higiene, inocuidad y calidad de los productos corresponde a quienes producen, elaboran, transportan, comercializan, importan o exportan alimentos y productos agropecuarios.

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, sostuvo que la eliminación de esta obligación apunta a reducir costos administrativos sin modificar los controles sanitarios. Además, afirmó que la responsabilidad sobre la inocuidad de los productos ya recae por ley en los establecimientos, que continúan sujetos a la habilitación y fiscalización permanente del Senasa.