Los productos inyectables deberán incluir leyendas específicas y podrán declarar “100% de eficacia” solo si existe validación oficial. La medida apunta a reducir la persistencia de casos y fortalecer la sanidad ovina.
Con el objetivo de fortalecer la sanidad ovina y garantizar el correcto uso de productos veterinarios, el Senasa estableció nuevas condiciones de rotulado para inyectables formulados con avermectinas y milbemicinas, destinados al tratamiento de la sarna ovina.
La medida, oficializada a través de la Resolución Senasa 828/2025 y publicada en el Boletín Oficial, señala que estos medicamentos deberán incluir en sus rótulos, de forma visible, la leyenda “Producto apto para el control de la sarna ovina”.
Asimismo, los productos antisárnicos inyectables elaborados con los principios activos mencionados (derivados de las lactonas macrocíclicas) solo podrán declarar la leyenda “100% de eficacia” cuando los resultados de las pruebas oficiales lo determinen, según lo establecido por la Resolución Senasa 532/2021.
El organismo sanitario nacional estableció un plazo de 90 días corridos desde la entrada en vigencia de la norma para realizar las adecuaciones correspondientes. Las empresas titulares deberán gestionar la solicitud de actualización del rótulo a través del portal de SIG-Trámites, para poder vincular la modificación con el registro del medicamento y actualizar la información en el Vademécum de Productos Veterinarios del Senasa.
La nueva resolución busca reforzar el acceso de los productores y profesionales veterinarios a información fehaciente respecto a los productos veterinarios disponibles, asegurando que sólo aquellos con eficacia comprobada puedan declararse como totalmente efectivos. Esta condición es un aspecto clave y necesario para la erradicación de la sarna ovina en aquellas provincias afectadas, ya que evita la persistencia de animales infectados y reduce el riesgo de reinfección en las majadas.
		


