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Plan de contingencia para PPA ante una eventual emergencia

El Senasa regula las medidas sanitarias a adoptarse en caso de que la enfermedad ingrese al país.

La Resolución N° 275/2023 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), publicada el pasado 3 de abril en el Boletín Oficial, puso en vigencia las medidas sanitarias y acciones previstas a aplicarse ante una eventual confirmación de uno o más casos de Peste Porcina Africana (PPA) en cualquier parte del país, con el fin de contener y disminuir el impacto que tiene esta enfermedad en las poblaciones de cerdos domésticos, en la producción porcina y en la cadena agroalimentaria.

El organismo sanitario nacional aclaró que un plan de contingencia funciona más eficazmente como un dispositivo de respuesta rápida ante una detección temprana de la enfermedad (cuando aún no se ha diseminado por amplias zonas del territorio), motivo por el cual es muy importante que todos los actores que están en contacto con la producción porcina y la fauna silvestre estén sensibilizados con la detección y notificación al organismo ante las sospechas de la enfermedad.

Argentina posee un estatus sanitario diferencial respecto a PPA, una enfermedad que desde 2007 se ha expandido por Asia y Europa, diseminándose por países del Cáucaso, Europa del este, Rusia y en 2018 por la República Popular de China; afectando luego a otros países asiáticos vecinos, como también de Europa Central -Bélgica en 2019 y Alemania en 2020-, y a fines de julio del 2021, se confirmó en diferentes puntos de República Dominicana.

Por ello, el Senasa, como otros servicios veterinarios oficiales de la región en el ámbito del Comité Veterinario Permanente del Cono Sur (CVP), toma medidas para la preparación y prevención ante la amenaza de PPA.

“El Senasa cuenta con un sistema de respuesta ante emergencias sanitarias, el cual se adapta a las medidas sanitarias según las características de la enfermedad que debe contener y erradicar”, remarcaron desde el organismo sanitario. Y agregaron que la norma se fundamenta en las recomendaciones de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA) en materia de medidas sanitarias de sacrificio humanitario, restricción de movimientos y continuidad del comercio.

Previamente a su publicación en el Boletín Oficial, el proyecto de normativa fue puesto en consulta pública por El Senasa y ahora se encuentra vigente para establecer las siguientes prescripciones principales: definición de caso confirmado de PPA; conformación de zonas epidemiológicas para una contención efectiva de los brotes; los procedimientos de limpieza y desinfección para eliminar los elementos contaminados con el virus de PPA; el sacrificio sanitario (bajo conceptos de bienestar animal) para eliminar cualquier fuente de virus; el tratamiento de los cerdos silvestres para minimizar la dispersión; y las medidas sanitarias para la restitución de estatus sanitario de libre.

“Esta nueva Resolución establece el marco normativo para la interacción y coordinación, tanto de los servicios veterinarios, como los sectores relacionados a la fauna silvestre, las fuerzas públicas y fundamentalmente el sector privado”, subrayó el Senasa y destacó que “cuidar el patrimonio sanitario porcino es responsabilidad de todos y todas, contamos con la colaboración los actores involucrados para resguardar la salud de los animales y la provisión de alimentos”.