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Cambios en la determinación del precio del bioetanol a base de maíz

La Secretaría de Energía de la Nación podrá aplicar un mecanismo “excepcional” para determinar el precio del etanol de maíz.

El Gobierno facultó a la Secretaría de Energía de la Nación a establecer “un mecanismo alternativo para la determinación del precio del bioetanol a base de maíz de aplicación excepcional en los casos en que se verifiquen desfasajes sustanciales” entre el precio por resolución que sigue lo que pasa con la nafta en los surtidores y los costos de elaboración de ese biocombustible. La medida se conoció mediante el decreto presidencial 184, que lleva la firma del jefe de Estado Alberto Fernández, además del jefe de Gabinete, Juan Manzur, y el ministro de Economía, Martín Guzmán. Los valores del etanol de maíz y de caña de azúcar se establecen por resolución en base a la variación de las naftas. A comienzos de mes, el Gobierno subió 11,75% el precio del etanol, a $ 73,11 por litro.

En sus considerandos el decreto recuerda que por el artículo 4º de la resolución Nº 852/21 de la Secretaría de Energía “se determinó que los precios del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar y de maíz serán actualizados mensualmente por dicha Secretaría y publicados en su página web con la misma temporalidad, de acuerdo a la variación porcentual del precio en el surtidor de las naftas comercializadas a través de las estaciones de servicio de propiedad de la empresa YPF Sociedad Anónima en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.

Agrega que “producto de factores exógenos originados por el contexto internacional actual” se registró “un marcado incremento en el precio del maíz -insumo principal para la elaboración del bioetanol a base de maíz-” y que en esta línea el criterio para fijar el precio quedó “distorsionado respecto de los costos de su elaboración”.

“En virtud de ello, con el fin de no afectar la disponibilidad del citado biocombustible para la mezcla obligatoria con las naftas en el referido contexto y en línea con las previsiones de la Ley N° 27.640, resulta necesario facultar a la Secretaría de Energía a establecer un mecanismo alternativo y excepcional para la determinación del precio del bioetanol de maíz destinado a la mezcla obligatoria con las naftas, en los casos en que excepcionalmente se verifiquen desfasajes sustanciales entre los precios derivados de la implementación del procedimiento establecido por la resolución Nº 852/21 de la Secretaría de Energía y los costos de elaboración de dicho biocombustible”, sostiene el decreto conocido hoy.

Fuente: La Nación