Las dispuso el Senasa por medio de su Resolución 166/2023, en el marco de la emergencia sanitaria declarada oportunamente.
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) estableció medidas sanitarias extraordinarias por la declaración de la emergencia sanitaria por influenza aviar altamente patógena (IAAP) en la República Argentina.
Están contempladas en la Resolución N°166/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma de la presidenta del Senasa, Diana Guillén.
Estas medidas, tendientes a minimizar la dispersión de la enfermedad, incluyen la prohibición en todo el territorio nacional de la realización de exposiciones, ferias, eventos y actividades recreativas que impliquen concentración de aves domésticas, ornamentales y silvestres con cualquier motivo y finalidad, así como los movimientos de aves de traspatio, ornamentales y de deporte y la distribución o venta de aves vivas en forrajerías, agropecuarias o veterinarias.
Tal cual lo establece la Resolución 166, estas medidas sanitarias no son de aplicación sobre el circuito avícola industrial por lo que no involucra aves comerciales destinadas a la producción de carne aviar y huevo dentro de este circuito.
Entre otras medidas también se incluyen condiciones para el ingreso de genética aviar procedente del exterior y su traslado dentro del país.
La norma también prevé un trabajo articulado con la Administración de Parques Nacionales y gobiernos provinciales, para evaluar en conjunto la necesidad de limitar el acceso al público en áreas protegidas, así como arbitrar los medios para limitar el contacto entre aves silvestres y las personas.
Hospedero
Las aves silvestres, principalmente migratorias, son el hospedero natural del virus (principalmente patos y gansos) y está siendo el principal factor de diseminación a través del continente.
La influenza aviar de alta patogenicidad (IAAP) es una enfermedad de alto impacto tanto en la diversidad de aves silvestres como en la producción avícola, debido a que provoca muy altos índices de mortandad.
Si bien no es posible frenar o mitigar el avance de la enfermedad a través de las zonas donde asientan las aves migratorias, sí resulta posible adoptar medidas de preparación y mitigar su diseminación y su impacto negativo en la avicultura, lo que se logra a través de la detección precoz, la atención inmediata para contener su dispersión a otras aves dentro del país y el refuerzo permanente de las medidas de bioseguridad en las granjas comerciales.
Cabe remarcar que el virus de IA no se transmite a las personas por el consumo de carne y huevo. Solo se transmite por contacto directo al manipular aves enfermas o muertas por el virus.
Notificación
En caso de observarse la presencia o sospecha de signos clínicos compatibles con IAAP en aves o el hallazgo de aves domésticas y/o silvestres muertas, notificar al Senasa concurriendo a cualquiera de sus oficinas; por medio de la aplicación “Notificaciones Senasa”, enviando un correo electrónico a notificaciones@senasa.gob.ar; ingresando al apartado “Avisa al Senasa” de la página web del organismo o enviando un WhatsApp al 11-5700-5704.
Fuente: Senasa