Una resolución del Senasa incorpora la categoría “Barraca de Campo” y busca mejorar la logística y competitividad del sector ovino.
El Senasa incorpora la categoría “Barraca de Campo”, destinada a establecimientos rurales que acopian su propia lana sucia.
Mediante la Resolución Senasa 44/2026 publicada en el boletín oficial, se busca fortalecer la competitividad del sector ovino, manteniendo intactos los estándares sanitarios exigidos a nivel internacional.
La nueva normativa propone habilitar las “Barracas de Campo” a realizar exportaciones directas desde el establecimiento hacia diferentes destinos internacionales, sin necesidad de trasladar previamente la lana hacia centros urbanos o barracas tradicionales. Esta medida representará una mejora significativa para productores y operadores rurales, optimizando tiempos.
Entre los puntos centrales se destacan:
-La identificación dentro del Sistema único de Registro de Senasa (SUR) para inscribir la nueva figura.
-La utilización del Documento de Tránsito de Animales (DTe) para los movimientos de lana sucia hacia puestos de frontera.
-La emisión del Certificado Sanitario de Exportación Definitivo (CSED) en plazoletas fiscales.
-La facultad otorgada a las Direcciones Nacionales competentes para implementar acciones complementarias que permitan modernizar y agilizar la certificación.
La nueva normativa no modifica los requisitos sanitarios, sino que facilita la operatoria para quienes ya cumplen con ellos, garantizando la trazabilidad y la transparencia de todo el proceso.



