Enfrenta a dos gigantes de la industria por un gravamen diferenciado que podría ser eliminado del proyecto.
En un Congreso signado por la atomización de los bloques partidarios y por el tratamiento de modificaciones sustanciales en decenas de sectores de la economía, se libraron en las comisiones de Diputados debates que esconden auténticas guerras internas en las industrias. Una de ellas es la de los cigarrillos. En el seno del rubro tabacalero, dos empresas, Tabacalera Sarandí (que produce Red Point y Kiel) y Massalin Particulares (Marlboro, Phillip Morris, entre otros), se disputan una serie de artículos que podrían cambiar completamente las reglas del juego con las que las empresas se manejaron hasta ahora.
Desde 2017, año en el que fue establecido, Tabacalera Sarandí y otras que empezaron como pymes (Bronway, por ejemplo) no pagan el impuesto interno mínimo. Se trata de un monto fijo, hoy de $ 517,5 por atado de cigarrillos, que funciona como un piso base de tributación, tomado a cuenta del porcentaje total del gravamen, con intención tanto recaudatoria como extrafiscal, es decir que apunta a encarecer los paquetes para desincentivar el consumo. A través de una serie de cautelares, Sarandí consiguió no pagar el tributo al advertir la desventaja de una pyme frente a una multinacional, lo que le permitió ofrecer sus productos a un precio hasta 50% inferior que sus competidores. Pasó, desde entonces a la fecha, de un cerca de 8% a un 45% de participación en el mercado.
El artículo 189 y subsiguientes de la ley ómnibus modifican ese panorama porque elevan el impuesto interno pero eliminan el mínimo y establece que la base de tributación será la que informe como valor de venta al público la tabacalera, aunque si se verifica que es 20% inferior al que efectivamente se encuentra en los puntos de distribución, podrá tomarse como base imponible el relevamiento mensual que haga el Ministerio de Salud (un punto polémico, porque implicaría una auditoría permanente de los puntos de venta por parte del Estado). El impuesto, además, se eleva a 73%. Con estos cambios, el mínimo dejaría de existir y todas las empresas pasarían a tributar lo mismo.
Estos problemas en la industria del tabaco no competen solamente a las empresas, sino que le traen al Estado una recaudación inferior a la que podrían percibir de cobrar a todas las empresas el impuesto mínimo. A mayo de 2021, el saldo a favor para la AFIP se calculó -de manera retroactiva- en $ 40.000 millones de ese entonces. Pero el Estado nunca ejecutó la orden a su favor. Fuentes del sector estiman, y le acercaron al Gobierno, que la pérdida para el Estado habría sido de US$ 2000 millones en los últimos ocho años.
En la industria hay dos cámaras principales: la CIT (Cámara de la Industria del Tabaco), que contiene a Massalin y a British American Tobacco, y Canet (Cámara Nacional de Empresas Tabacaleras), que agrupa a pymes como Bronway, Formen, Tabes y Cigarrillos y Tabacos SA, que si bien en un primer momento lograron las mismas medidas judiciales que Sarandí para no pagar el mínimo, fueron perdiendo cautelares y ahora sí tributan, pese a ser muy menores en tamaño a su competidora. Ambas expresaron apoyo a la eliminación del impuesto mínimo. Sarandí, pese a cuestionar la constitucionalidad del mismo, se opone.
La causa en la que esta empresa obtuvo la cautelar para no pagar el mínimo se encuentra en la Corte Suprema. Fue iniciada en 2017 con la AFIP como querellante (Massalin Particulares se presentó como tercero interesado en este proceso) y, en 2021, obtuvo un primer fallo del máximo tribunal que dejó sin efecto la medida temporal que les permitía eludir ese tributo pero no resolvió la cuestión de fondo. Sin embargo, en junio de 2022, el juzgado Contencioso Administrativo Federal 6, a cargo de Enrique Lavié Pico, dictaminó sobre el fondo y determinó la inconstitucionalidad del impuesto interno mínimo. Ahora resta que de su respuesta la Corte Suprema sobre lo mismo (no sobre la cautelar).
Pero el plano judicial de confrontación tiene otros capítulos, en el fuero penal. En el juzgado criminal y correccional 4 tramita una denuncia de Sarandí contra Massalin Particulares caratulada “en defraudación al Estado”. Maximiliano Rusconi, conocido por haber representado de Julio De Vido y Cristina Kirchner, solicitó el 8 de enero que se habilite la feria judicial por la aparición de “hechos nuevos de extrema gravedad”. Concretamente, se refirieron a una nota periodística no firmada, publicada en el portal La Política Online, en la que se aseguraba que los artículos de la ley ómnibus habían sido elaborados por Javier Ortiz Batalla, quien sería exfuncionario del Banco Ciudad durante la época de Federico Sturzenegger y exvicepresidente de Massalin Particulares. No se ofreció prueba, pero se solicitó que se citen a declarar a los mencionados y que se pida a distintos organismos información sobre visitas y líneas telefónicas de los mismos.
En el Congreso, la cuestión fue debatida el 11 de enero entre las 23:05 y las 23:35, por lo que pasó desapercibida del ojo público, aunque no se trató con mayor profundidad. Sin embargo, de acuerdo con diversas fuentes de la Cámara baja, transcurrieron múltiples reuniones entre diputados y representantes de los sectores en privado. El resultado y el panorama actual es que varios plantearon opciones alternativas a la reforma incluida por el ejecutivo. Entre los interesados se encontraron Cristian Ritondo (Pro), Diego Santilli (Pro), Carlos Castagneto (UP) y Carlos Zapata, de La Libertad Avanza, entre otros.
La Tabacalera Sarandí, de propiedad de Pablo Otero, fue cuestionada también por otros tres puntos. Primero, por informar precios a la AFIP muy por debajo de su valor de venta, según documentos públicos del organismo. Por ejemplo, para enero, enviaron valores de $ 278 para un Red Point común de 20 y $ 253 para un Kiel. A los primeros se los encuentra entre $ 650 y $ 750 en los quioscos, por lo que la base imponible para el impuesto es menor a la que debería ser por el precio al público. En segundo lugar, Sarandí, en el fuero contencioso administrativo, obtuvo una cautelar contra una resolución que obliga a las tabacaleras a informar los movimientos de su materia prima. En tercer lugar, según información a la que accedió LA NACION, aun en junio del año pasado, cuando las importaciones se encontraban prácticamente cerradas, Sarandí continuaba importando tabaco de Brasil (en ese mes, por US$ 5,58 millones), pese a que en el mercado interno hay stock para abastecerse.
“Estamos alertando lo que podemos que la ley ómnibus es una ley Massalin temporada tres. Se escriben sus propias reglas porque concentran la totalidad del mercado. Pretenden que el Ministerio de Salud ponga 200 empleados a chequear precios porque quieren generar una base imponible presunta. Delirio absoluto, no va a pasar porque es un delirio jurídico”, dijo Pablo Otero a LA NACION, y agregó, sobre el caso judicial: “La ley actual no aplica. La Corte suspendió una cautelar, pero la Justicia en Contencioso fallo a favor de la empresa y determinó que la 27430 era inconstitucional”.
La Tabacalera Sarandí, de propiedad de Pablo Otero, fue cuestionada también por otros tres puntos. Primero, por informar precios a la AFIP muy por debajo de su valor de venta, según documentos públicos del organismo. Por ejemplo, para enero, enviaron valores de $ 278 para un Red Point común de 20 y $ 253 para un Kiel. A los primeros se los encuentra entre $ 650 y $ 750 en los quioscos, por lo que la base imponible para el impuesto es menor a la que debería ser por el precio al público. En segundo lugar, Sarandí, en el fuero contencioso administrativo, obtuvo una cautelar contra una resolución que obliga a las tabacaleras a informar los movimientos de su materia prima. En tercer lugar, según información a la que accedió LA NACION, aun en junio del año pasado, cuando las importaciones se encontraban prácticamente cerradas, Sarandí continuaba importando tabaco de Brasil (en ese mes, por US$ 5,58 millones), pese a que en el mercado interno hay stock para abastecerse.
“Estamos alertando lo que podemos que la ley ómnibus es una ley Massalin temporada tres. Se escriben sus propias reglas porque concentran la totalidad del mercado. Pretenden que el Ministerio de Salud ponga 200 empleados a chequear precios porque quieren generar una base imponible presunta. Delirio absoluto, no va a pasar porque es un delirio jurídico”, dijo Pablo Otero a LA NACION, y agregó, sobre el caso judicial: “La ley actual no aplica. La Corte suspendió una cautelar, pero la Justicia en Contencioso fallo a favor de la empresa y determinó que la 27430 era inconstitucional”.
Las modificaciones también incluyen la aplicación de un gravamen a los cigarrillos electrónicos, vapeadores y otros dispositivos como los calentadores de tabaco, aún prohibidos por Salud. Se les establece una tasa de entre 20% y 25%, inferior a los cigarrillos, lo que fue cuestionado por la Tabacalera Sarandí. Massalin Particulares está muy interesado en que se habiliten estos productos ya que el modelo de negocios de la compañía a nivel global viró a este tipo de alternativas, que ya fueron introducidas en otros países de la región, como Chile. Funcionarios de la empresa estuvieron en Davos y se reunieron con Diana Mondino, a quien le prometieron inversiones superiores a los US$ 300 millones para producir los cartuchos en la Argentina si se autorizan los productos, lo que todavía no ocurrió. De acuerdo a fuentes del Congreso, es posible que la versión final del dictamen de mayoría contenga modificaciones al proyecto original del Poder Ejecutivo.
Por: Camila Dolabjian
Fuente: La Nación