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El Gobierno reglamenta el RIMI para impulsar inversiones en pymes

El régimen incorpora beneficios fiscales y financieros para proyectos productivos. Incluye al agro con condiciones específicas y sin monto mínimo en inversiones estratégicas como riego o mallas antigranizo.

El Gobierno Nacional reglamentó el Régimen de Incentivo a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (RIMI), una herramienta orientada a promover inversiones productivas y facilitar el acceso al financiamiento para pymes de distintos sectores, incluido el agropecuario.

La iniciativa establece un marco que busca dinamizar la inversión privada mediante incentivos fiscales y condiciones más favorables para el desarrollo de proyectos. En ese sentido, apunta a reducir restricciones de acceso al crédito, mejorar la competitividad y fomentar la incorporación de tecnología y ampliación de capacidades productivas.

En términos de acceso, el régimen fija montos mínimos de inversión según el tamaño de la empresa: US$ 150.000 para microempresas, US$ 600.000 para pequeñas, US$ 3.500.000 para medianas tramo 1 y US$ 9.000.000 para medianas tramo 2. Estos umbrales son más bajos que los establecidos en el RIGI, orientado a grandes inversiones.

Sin embargo, para el sector agropecuario y agroindustrial se incorpora un esquema diferencial que elimina el requisito de monto mínimo en inversiones consideradas estratégicas. Entre ellas se incluyen la compra de sistemas de riego, bienes de alta eficiencia energética, mallas antigranizo y animales productivos. De este modo, una pyme rural puede acceder al régimen sin necesidad de alcanzar los pisos generales de inversión.

El alcance del RIMI comprende la adquisición, fabricación o importación de bienes de capital nuevos amortizables en el Impuesto a las Ganancias, así como obras vinculadas directamente a la producción, como infraestructura rural, galpones, silos o instalaciones de engorde a corral. También incluye maquinaria y equipamiento aplicados a la actividad productiva, mientras que quedan excluidas las inversiones financieras, de cartera y bienes destinados a reventa.

En materia impositiva, el régimen introduce beneficios relevantes. Se establece un esquema de amortización acelerada en Ganancias: en una sola cuota para inversiones estratégicas —como riego, eficiencia energética, mallas antigranizo o semovientes— y en dos cuotas para el resto de los bienes. En el caso del IVA, los créditos fiscales derivados de la compra, construcción o importación de bienes de capital podrán computarse a los tres meses, mejorando el flujo financiero de las empresas. Además, se prevé una alícuota reducida de IVA para la energía eléctrica utilizada en riego agrícola.

Para la actividad ganadera, el régimen incorpora un tratamiento específico en el Impuesto a las Ganancias, con cambios en la valuación de la hacienda destinada a invernada y engorde a corral, lo que impacta en la carga tributaria del sector.

Desde el Ejecutivo señalaron que la reglamentación forma parte de una estrategia para fortalecer el entramado productivo y promover el crecimiento de las pymes, clave en la generación de empleo y valor agregado en todo el país.

El régimen entró en vigencia el 6 de marzo de 2026, establece un plazo de dos años para la ejecución de las inversiones y será supervisado por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero. Su objetivo es incentivar la inversión productiva y laboral en pymes, complementando al RIGI, enfocado en proyectos de mayor escala.