Se trata de un insecticida de amplio uso en el control de plagas agrícolas.
La Resolución 414 del Senasa prohibió la importación de principios activos y productos fitosanitarios formulados a base de clorpirifós etil y clorpirifós metil. Además, de la prohibición de este insecticida, también prohibió la elaboración y fraccionamiento y comercialización y uso. La prohibición será efectiva a partir de los 45 días de entrada en vigor de la norma, publicada el pasado 4 de agosto.
Además, se prohíbe a partir de los noventa días de entrada en vigor la elaboración y el fraccionamiento. En tanto, se prohíbe a partir de los 455 días la comercialización y uso.
La norma del Senasa menciona que “el principio activo clorpirifós está siendo sometido a procesos de revisión de registro en muchas agencias regulatorias del mundo”.