La nueva normativa exige inscripción anual, licencia de piloto a distancia, capacitación en buenas prácticas y seguro de responsabilidad civil.
El Ministerio de Producción y Minería de Salta implementó un nuevo esquema para regular las aplicaciones aéreas de productos fitosanitarios con drones. La medida establece la inscripción anual obligatoria en el Registro de Usuarios de Productos Fitosanitarios para las personas humanas o jurídicas que realicen estas tareas, tanto por cuenta propia como para terceros.
La normativa provincial adecua las reglas ambientales al nuevo marco establecido por la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) mediante la Resolución ANAC N° 550/25 y se vincula con la Ley Provincial N° 7.812 de Buenas Prácticas Agrícolas y de Manufactura y su Decreto Reglamentario N° 3.924/15.
El nuevo esquema contempla la categoría de “Aplicador Aéreo No Tripulado de RPA/RPAS” y alcanza también a pilotos, asesores técnicos y equipos.
Para obtener la habilitación, los aplicadores deberán constituir domicilio en la provincia de Salta y presentar el Certificado de Inscripción (Matrícula LV-R) del equipo, expedido por la ANAC.
También deberán contar con la Licencia Aeronáutica Habilitante de piloto a distancia y aprobar la capacitación en Buenas Prácticas Agrícolas con RPA/RPAS. Esta capacitación permite obtener el Carné Provincial de Aplicador, cuya vigencia será de dos años.
Entre los requisitos también figura la contratación de un seguro de responsabilidad civil para la aeronave, el uso exclusivo de productos fitosanitarios habilitados por el Senasa para este tipo de aplicación y la presentación de la Recomendación Técnica de Uso.
La normativa establece además que los drones deberán transitar descargados y desinfectados al atravesar zonas pobladas.
La autoridad de aplicación estará facultada para realizar controles de fiscalización en todo el territorio provincial y verificar la documentación técnica y aeronáutica correspondiente.
Fuente: Gobierno de Salta.



