El proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos buscará la aprobación para una suba de las retenciones al campo.
El Gobierno ratificó en el proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos enviado al Congreso que buscará obtener en ese ámbito la aprobación para una suba de las retenciones al campo que, según había trascendido de diversos cálculos, le podría reportar US$ 1000 millones extra en recaudación.
Según el artículo 200 de la mencionada iniciativa, los productos que hoy no tienen derechos de exportación pasarán a tributar un 15%. En ese punto quedarán alcanzados productos de economías regionales que no tenían esa presión impositiva o que bajaron a 0% en septiembre pasado por una decisión del exministro de Economía, Sergio Massa.
La semana pasada, ante la resistencia que generó en el campo la suba de las alícuotas, el secretario de Agricultura, Fernando Vilella, y el secretario de Coordinación del Ministerio de Economía, Juan Pazos, se reunieron con integrantes de la Mesa de Enlace y dieron a conocer que los siguientes 18 productos no tendrán un 15% sino que quedarán en 0%: olivícola, arrocero, cueros bovinos, lácteo, frutícola, hortícola, porotos, lentejas, arveja, papa, ajo, garbanzos, miel, azúcar, yerba mate, té, equinos y lana. En rigor, el artículo 206 confirma todos esos productos como una suerte de gesto al agro.
Las distintas cadenas del agro, vale recordar, vienen insistiendo para que se incluyan más productos dentro del lote de productos exceptuados porque consideran que habrá una severa afectación. Han destacado los casos del maní, la foresto industria y productos avícolas, entre otros.
En la actualidad, hay productos como el trigo, el maíz y la carne vacuna que tributan retenciones menores al 15%. El primero y el segundo pagan un 12% y el tercer sector un 9%. En tanto, a modo de ejemplo, el girasol está en el 7%. Sin embargo, el artículo 201 contempla el incremento al 15% “para todas aquellas mercaderías” que actualmente están gravadas con una alícuota inferior al 15%. O sea, en los ejemplos anteriores, el trigo, el maíz y otros productos saltarán al 15%.
En el caso de la soja, el grano sigue con el 33%, pero el Gobierno subirá la alícuota del 31 al 33% para la harina y el aceite. Esto está en el artículo 202.
Tras la reunión de Vilella y Pazos con la Mesa de Enlace se había informado que la alícuota para el sector vitivinícola quedaba en el 8% y no en el 15%. Esto está en el artículo 205 que, además, incluyó con la misma tasa del 8% al aceite esencial del limón.
Facultades de delegadas
Para destacar, el Congreso le podrá delegar al Poder Ejecutivo Nacional “con el objeto de estimular, en virtud de las circunstancias económicas imperantes, el desarrollo de determinados sectores, la facultad de reducir la alícuota de los derechos de exportación” al 0%.
En ese marco, vale recordar que el Gobierno dejó trascender en reiteradas oportunidades que finalizada la emergencia los derechos de exportación serían eliminados. “Finalizada la emergencia vamos a avanzar en la eliminación de todos los derechos de exportación, que consideramos un gravamen perverso que entorpece el desarrollo argentino”, prometió Luis Caputo, ministro de Economía.
Entre otros puntos, el proyecto de ley tiene capítulos para carnes y biocombustibles. Sobre carnes, el artículo 228 se refiere a la habilitación de establecimientos, buscando más transparencia en la actividad.
“El Poder Ejecutivo Nacional reglamentará, en todo el territorio del país, el régimen de habilitación y funcionamiento de los establecimientos donde se faenan animales, o se elaboran o depositan productos de origen animal. Ese régimen comprenderá los requisitos de construcción e ingeniería sanitaria, los aspectos higiénicos, sanitarios y ambientales de elaboración, industrialización y transporte de las carnes, productos, subproductos y derivados de origen animal destinados al consumo en cualquier parte del territorio del país o a la exportación”, dice la norma.
En cuanto a biocombustibles se sumaron modificaciones a la ley 27.640 de 2021, impulsada en su momento por el kirchnerismo. Entre otros aspectos, según la iniciativa del Gobierno se fijará que “la autoridad de aplicación podrá imponer porcentajes mínimos de mezcla entre cada biocombustible con los combustibles fósiles”. Y consigna: “Hasta tanto la autoridad de aplicación determine dichos porcentajes mínimos, medidos sobre la cantidad total del producto final, ellos serán del 7,5% en gasoil o diésel oil y del 12% en nafta -conforme la normativa de calidad de combustibles vigente o la que en el futuro la reemplace-.” El proyecto de ley también introdujo cambios al régimen federal de pesca.
Por: Fernando Bertello
Fuente: La Nación