El Senasa dio de baja de sus registros el producto, tras una revisión integral de antecedentes científicos sobre los riesgos para la salud.
El Senasa dio de baja del Registro Nacional de Terapéutica Vegetal los principios activos y productos fitosanitarios que contengan clorpirifos etil y metil. Esta prohibición fue establecida, luego de una revisión integral de antecedentes científicos sobre los riesgos para la salud humana asociados al principio activo Clorpirifos y tomando también en consideración procesos de revisión que llevaron a cabo distintas agencias regulatorias del mundo.
En nuestro país, la evaluación incluyó los resultados de nuevos estudios de toxicología crónica generados con posterioridad a la evaluación de riesgos para la salud humana que el organismo llevó a cabo para autorizar el uso de Clorpirifos en Argentina.
En ese sentido, como resultado de la revisión de antecedentes, la Dirección actualizó los parámetros toxicológicos crónicos y los coeficientes de seguridad que determinan la ingesta diaria admisible utilizada para realizar los análisis de riesgo al consumidor, de los usos aprobados del Clorpirifos en nuestro país.
Cabe mencionar que, en caso de constatarse incumplimientos o transgresiones a la mencionada resolución, el infractor es pasible de las sanciones establecidas en el Capítulo V de la Ley Nº 27.233 y su Decreto Reglamentario N° 776 del 19 de noviembre de 2019. Sin perjuicio de ello, preventivamente, se pueden adoptar las acciones previstas en el Manual de Procedimientos de Infracciones del Senasa, aprobado por la Resolución Nº 38 del 3 de febrero de 2012 del entonces Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca.